AeH Abogados » actualidad http://www.aehabogados.com Bufete de larga trayectoria con especialistas en todas las ramas del derecho a su servicio Wed, 11 Feb 2015 16:25:27 +0000 es-ES hourly 1 http://wordpress.org/?v=3.5 Éxito de la la presentación del Libro “España se merece… una re-Constitución”, por Daniel Ordás. http://www.aehabogados.com/exito-de-la-la-presentacion-del-libro-espana-se-merece-una-re-constitucion-por-daniel-ordas/ http://www.aehabogados.com/exito-de-la-la-presentacion-del-libro-espana-se-merece-una-re-constitucion-por-daniel-ordas/#comments Fri, 29 Nov 2013 14:58:19 +0000 AeH Abogados http://www.aehabogados.com/?p=1230 “AEH ABOGADOS, junto con la Agrupación de Abogados Jóvenes del Colegio de Huesca y de Zaragoza, ha organizado la presentación del Libro “España se merece… una re-Constitución”, escrito por el Abogado, miembro de la AEA International Lawyers Network, y Político Hispano-Suizo Daniel Ordás. Daniel Ordás propone reformar la Constitución española con el objetivo de introducir un sistema de democracia directa similar al que se practica en Suiza. La reforma incluye …Leer más

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“AEH ABOGADOS, junto con la Agrupación de Abogados Jóvenes del Colegio de Huesca y de Zaragoza, ha organizado la presentación del Libro “España se merece… una re-Constitución”, escrito por el Abogado, miembro de la AEA International Lawyers Network, y Político Hispano-Suizo Daniel Ordás.

Daniel Ordás propone reformar la Constitución española con el objetivo de introducir un sistema de democracia directa similar al que se practica en Suiza. La reforma incluye también los conceptos de políticos milicianos, listas abiertas, la reforma del Senado y del sistema electoral del Congreso de los Diputados con Escaños Compensatorios. La reforma incluye elementos del sistema suizo, danés, sueco y alemán.

Daniel Ordás adquirió notoriedad tras ser entrevistado por Jordi Evole en el Programa “Salvados”, habiendo comparecido después ante numerosos medios de comunicación nacionales e internacionales.

Los actos tuvieron lugar el miércoles 27 de noviembre, a las 20:00 horas, en el Salón de Actos de la Diputación Provincial de Huesca, y el jueves 28 de noviembre, en el Salón de Decanato del Colegio de Abogados de Zaragoza.

FOTO: Diario del Alto Aragón: “Cuando una constitución no se desarrolla, está muerta”

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Consecuencias de la sentencia Pádel Pro Tour para el pádel femenino http://www.aehabogados.com/consecuencias-de-la-sentencia-padel-pro-tour-para-el-padel-femenino/ http://www.aehabogados.com/consecuencias-de-la-sentencia-padel-pro-tour-para-el-padel-femenino/#comments Fri, 29 Nov 2013 14:57:28 +0000 Antonio Orús Sanclemente http://www.aehabogados.com/?p=1226 Recientemente, IUSPORT publicaba la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, de 23-10-2013, por la cual Pádel Pro Tour recupera los derechos para la organización del circuito mundial de pádel, en detrimento de la empresa constituida por la Asociación de Jugadores Profesionales de Pádel. Esta Sentencia, que no es firme, puede tener importantes consecuencias no solamente para el Pádel masculino, sino también para el Pádel femenino. De …Leer más

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Recientemente, IUSPORT publicaba la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, de 23-10-2013, por la cual Pádel Pro Tour recupera los derechos para la organización del circuito mundial de pádel, en detrimento de la empresa constituida por la Asociación de Jugadores Profesionales de Pádel. Esta Sentencia, que no es firme, puede tener importantes consecuencias no solamente para el Pádel masculino, sino también para el Pádel femenino.

De sobra es conocido por todos los que forman parte del mundo del Pádel profesional, la existencia de relaciones (nunca bien definidas) entre la Asociación Internacional de Jugadoras de Pádel Profesional (en adelante, WIPPA), y la empresa que, hasta la publicación de la meritada Sentencia, se ocupaba de la organización del circuito profesional, Circuito de Pádel Profesional AJPP, S.L. (en adelante, WPT).

Fruto de estas “relaciones”, la WIPPA y el WPT habían llegado a un acuerdo para introducir, dentro del circuito profesional de Pádel, una serie de Torneos a disputar por las jugadoras profesionales, distribuidos a lo largo de toda la temporada. En este sentido, WPT impuso como condición que las mejores jugadoras del ránking firmaran contratos de exclusividad (y de dudosa legalidad) con WPT, para garantizar que éstas participarían solamente en las pruebas organizadas por el WPT, salvo autorización. Por otro lado, las jugadoras y la WIPPA se aseguraban la organización de un número mínimo de torneos, de tal suerte que en caso de que WPT incumpliera su obligación de organizar cualquiera de los torneos programados, se derivarían importantes consecuencias económicas a modo de penalizaciones.

En estos momentos, son muchas las jugadoras que han consultado a la WIPPA, qué es lo que va a suceder con los contratos que tienen firmados, y con el calendario de torneos de 2014, tras la publicación del fallo de la Sentencia objeto de este comentario. Y es que la posición de WPT es más que comprometida, toda vez que, a pesar de que la Sentencia no es firme:

- Cabe, por un lado, que WPT presente recurso de apelación contra la misma, lo que inmediatamente supondrá la posibilidad de instar por PPT la ejecución provisional sin necesidad de prestar caución alguna, de conformidad con los arts. 524, 525 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

- Cabe, por otro lado, que WPT presente recurso de apelación, sin que se inste la ejecución provisional por parte de PPT, y toda vez que el recurso estaría pendiente de resolución, seguir organizando como hasta ahora las pruebas del circuito profesional de pádel durante el año 2014. Ello conllevaría el riesgo de que, en caso de no obtener una Sentencia favorable en segunda instancia, el WPT debería indemnizar a PPT por daños y perjuicios (daño emergente y lucro cesante).

- Lógicamente, también cabe la posibilidad de que WPT presente recurso de apelación, siga organizando el circuito profesional y cumpliendo con el resto de sus obligaciones, y finalmente obtenga una Sentencia favorable en segunda instancia.

En este sentido, vemos como el anterior conflicto puede derivar en importantes consecuencias no solo para la WIPPA, sino también para las jugadoras profesionales que tienen contrato en vigor con WPT, ya que en caso de que WPT optara por no organizar los torneos comprometidos para 2014, estaría incumpliendo sus obligaciones contractuales para con la WIPPA y con las jugadoras; así, si decide no acatar el fallo de la Sentencia hasta que la misma no sea firme, y a mediados de 2014 obtiene una resolución desfavorable en segunda instancia, incurriría en importantes penalizaciones a abonar a la WIPPA por la cancelación de los torneos previstos, y en incumplimiento contractual con las jugadoras, motivo de resolución.

Aguardaremos expectantes hasta conocer cuál será el próximo paso de WPT, y sobre todo, hasta conocer cómo termina el conflicto, y los daños que el mismo pueda reportar para el mundo del Pádel.

FOTO: Perfil de flickr de Andrés Nieto Porras

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¿POR QUÉ ASESORES O GESTORIAS ACONSEJAN SOCIEDADES CIVILES? http://www.aehabogados.com/porque-asesores-o-gestorias-aconsejan-sociedades-civiles/ http://www.aehabogados.com/porque-asesores-o-gestorias-aconsejan-sociedades-civiles/#comments Fri, 17 May 2013 10:31:29 +0000 AeH Abogados http://www.aehabogados.com/?p=873 Lo aconsejable es que los emprendedores constituyan sociedades de responsabilidad limitada, aunque solo sea constituida por un solo socio, en cuyo caso será unipersonal, con un capital social, delimitado que será el que responderá de las deudas sociales y no el patrimonio personal de los socios.Leer más

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SOCIEDAD CIVIL QUE NUNCA RECOMENDAMOS:

Ejemplo de contrato constitucional de sociedad civil.
En …………………………… , a …….. de …………………. de ……..
REUNIDOS
D …………………………………………………………………………………, de estado civil …………………. , nacionalidad …………………. , con D.N.I/N.I.F …………………. vecino de …………………. y con domicilio en ……………………………….. y profesión ………………….
D …………………………………………………………………………………, de estado civil …………………. , nacionalidad …………………. , con D.N.I/N.I.F …………………. vecino de …………………. y con domicilio en ……………………………….. y profesión ………………….
ACTUAN
Intervienen ambos en su propio nombre y derecho, reconociéndose la mutua capacidad legal necesaria para otorgar el presente contrato,
EXPONEN
Que es su intención la de constituir una SOCIEDAD CIVIL PRIVADA, que se regirá por las siguientes
CLAUSULAS
Los reunidos constituyen una sociedad cuya regulación quedará determinada por las reglas siguientes:
1ª.- Denominación
La sociedad se denomina ” ……………………………………………………………………………………………. , Sociedad Civil”.
2ª.- Domicilio
El domicilio de la sociedad se en la ciudad de …………………………… , calle …………………………………………………………………………… , nº …..
3ª.- Objeto social
El objeto de la sociedad será …………………………………………………………………………………………………………………………………………
4ª.- Fecha del inicio de las operaciones
La sociedad dará comienzo a sus operaciones el día en que se presente el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente.
5ª.- Duración
La duración de la sociedad es de carácter indefinido.
6ª.- Capital social
El capital social queda fijado en …………………….. euros, de las que:
Don/a ……………………………………………………………………… aporta …………………….. euros
Don/a ……………………………………………………………………… aporta …………………….. euros
Los comparecientes manifiestan para su constancia en la presente que el importe de sus respectivas aportaciones ha sido ingresado en euros en la caja social.
7ª.- Administración y representación
Se confiere la gestión y dirección de la sociedad, así como el uso de la firma social, y la representación de la misma, tanto en juicio como fuera de él para cualquier clase de actos o contratos a Don/Doña ……………………………………………………………………… , con carácter …………………………………
El cargo de administrador será gratuito.
El nombramiento del cargo de administrador se efectúa como condición expresa del contrato.
El administrador acepta, en este mismo acto, su cargo y manifiesta no hallarse incurso en causa alguna de incompatibilidad establecida en la legislación vigente.
8ª.- Distribución de pérdidas y ganancias
La distribución de ganancias y pérdidas entre los socios se efectuará de forma proporcional a su participación en el capital social.
9ª.- Normas sobre disolución
La sociedad se disolverá por las causas legalmente establecidas.
Así mismo los comparecientes pactan expresamente que en caso de muerte de uno de los socios la sociedad continuará con los herederos del difunto.
10ª.- Normas sobre liquidación
Para proceder a la liquidación de la sociedad, ya sea total o parcial, se estará a lo determinado mediante acuerdo por la reunión de los socios que deba decidir sobre la disolución de la sociedad o sobre la exclusión de un socio.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, suscriben el presente contrato de sociedad civil, en ……… ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento
Firma de los socios: ……………………..

 

 

Nunca he entendido porqué se aconseja a los emprendedores que constituyan una sociedad civil, como personalidad jurídica para su actividad mercantil, sin la intervención de un buen Abogado mercantilista.
Dicen ellos que al inicio todo es más sencillo solo se precisa:
- Contrato privado o público entre las partes, que incluye:
o Nombre de la sociedad.
o Socios.
o Domicilio Social.
o Capital.
o Objeto social.
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, al 1% del capital.
- Solicitud del Código de Identificación Fiscal.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Declaración censal.
- Afiliación y alta en el Régimen de Autónomos
- Solicitud del número de patronal
- Comunicación de Apertura del centro de trabajo
- Solicitud del Libro de Visita
- Licencia de actividades e instalaciones, y en su caso,
o Licencia de obras
o Cambio de titularidad de un negocio
o Cambio de actividad (sólo para actividades inocuas)
Es cierto que hay ausencia de obligaciones legales en cuanto a la presentación de cuentas en el Registro Mercantil; pero los socios responden con todo su patrimonio del riesgo empresarial y las obligaciones contraídas por la sociedad civil.

Si se ha pretendido dejar de ser un profesional autónomo porque eso no es nada ventajoso por su carga tributaria y sus dificultades de financiación que son mayores que en las empresas y menores las desgravaciones, las deducciones y peor el trato fiscal, constituir una sociedad civil no es la solución pues se sigue respondiendo ante las deudas con el patrimonio personal de los socios, y fiscalmente no tiene ventajas considerables respecto a los autónomos.

Lo aconsejable es que los emprendedores constituyan sociedades de responsabilidad limitada, aunque solo sea constituida por un solo socio, en cuyo caso será unipersonal, con un capital social, delimitado que será el que responderá de las deudas sociales y no el patrimonio personal de los socios.

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Muchas gracias http://www.aehabogados.com/muchas-gracias/ http://www.aehabogados.com/muchas-gracias/#comments Thu, 02 May 2013 15:55:43 +0000 Francisco Fernandez Lopez http://www.aehabogados.com/?p=819 Muchas gracias. Debo transmitir mi más sincero agradecimiento a todas las Autoridades, Instituciones, Personalidades, Medios de Comunicación, Amigos, y Familiares que han tenido la gentileza de felicitarme, tras la concesión de la Medalla de Oro del Foro Europa 2001, que no esperaba tuviera trascendencia alguna, salvo la pequeña en el ámbito profesional, al que he dedicado toda la vida esforzándome sin reparar en premios y/o concesiones de ningún tipo (pues …Leer más

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Muchas gracias.

Debo transmitir mi más sincero agradecimiento a todas las Autoridades, Instituciones, Personalidades, Medios de Comunicación, Amigos, y Familiares que han tenido la gentileza de felicitarme, tras la concesión de la Medalla de Oro del Foro Europa 2001, que no esperaba tuviera trascendencia alguna, salvo la pequeña en el ámbito profesional, al que he dedicado toda la vida esforzándome sin reparar en premios y/o concesiones de ningún tipo (pues trabajar era, y es, mi obligación).

Sin embargo, sorprendentemente, este último mes he recibido multitud de felicitaciones procedentes, no solo de mis conciudadanos, sino de todos los ámbitos imaginables, probablemente por la amplia repercusión que ha tenido la publicación de la concesión del citado galardón en todos los medios de comunicación audiovisuales, lo que moderadamente alaga, pero responsablemente obliga mucho en el constante reto del intento de superación personal, y naturalmente profesional.

Gracias a mi familia por su apoyo y comprensión, a mi inestimable equipo (sin el cual nada de esto sería posible), a mis amigos, que tanto aprecio, y a todos aquellos que han dedicado unos segundos de su tiempo en darme la inmerecida enhorabuena.

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Entrevista a Antonio Orús sobre los derechos de propiedad intelectual http://www.aehabogados.com/entrevista-de-la-ser-a-antonio-orus-sobre-los-derechos-de-propiedad-intelectual/ http://www.aehabogados.com/entrevista-de-la-ser-a-antonio-orus-sobre-los-derechos-de-propiedad-intelectual/#comments Fri, 19 Apr 2013 10:52:12 +0000 AeH Abogados http://www.aehabogados.com/?p=780 Entrevista de La Ser a nuestro compañero en Antonio Orús, donde expone las dificultades y el proceso de protección de los derechos de imagen en España. Ir a descargar FOTO: http://www.flickr.com/photos/qisur/4351196974/sizes/z/in/photostream/

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Entrevista de La Ser a nuestro compañero en Antonio Orús, donde expone las dificultades y el proceso de protección de los derechos de imagen en España.

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FOTO: http://www.flickr.com/photos/qisur/4351196974/sizes/z/in/photostream/

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Antonio Orus habla sobre los deshaucios en La Ser http://www.aehabogados.com/antonio-orus-habla-sobre-los-deshaucios-en-la-ser/ http://www.aehabogados.com/antonio-orus-habla-sobre-los-deshaucios-en-la-ser/#comments Tue, 16 Apr 2013 09:13:45 +0000 AeH Abogados http://www.aehabogados.com/?p=775 Entrevista a Antonio orús donde da su visión sobre los deshaucios y el problema que están causando en su ejecución. Ir a descargar   Foto: http://www.flickr.com/photos/popicinio/6721183715/sizes/l/in/photostream/

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Entrevista a Antonio orús donde da su visión sobre los deshaucios y el problema que están causando en su ejecución.

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Foto: http://www.flickr.com/photos/popicinio/6721183715/sizes/l/in/photostream/

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Entrevista de la Cadena Ser a nuestro compañero Antonio Orús. http://www.aehabogados.com/entrevista-ley-de-tasa/ http://www.aehabogados.com/entrevista-ley-de-tasa/#comments Wed, 20 Feb 2013 13:04:35 +0000 AeH Abogados http://www.aehabogados.com/?p=392 Entrevista de la Cadena Ser a nuestro compañero Antonio Orús donde recuerda un aspecto muy importante sobre los concursos de acreedores y hace una valoración sobre la actualidad de la posible reforma de la ley de tasas.Leer más

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Entrevista de la Cadena Ser a nuestro compañero Antonio Orús donde recuerda un aspecto muy importante sobre los concursos de acreedores y hace una valoración sobre la actualidad de la posible reforma de la ley de tasas.

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Foto: www.rentvine.com

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