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Consecuencias de la sentencia Pádel Pro Tour para el pádel femenino

Recientemente, IUSPORT publicaba la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, de 23-10-2013, por la cual Pádel Pro Tour recupera los derechos para la organización del circuito mundial de pádel, en detrimento de la empresa constituida por la Asociación de Jugadores Profesionales de Pádel. Esta Sentencia, que no es firme, puede tener importantes consecuencias no solamente para el Pádel masculino, sino también para el Pádel femenino.

De sobra es conocido por todos los que forman parte del mundo del Pádel profesional, la existencia de relaciones (nunca bien definidas) entre la Asociación Internacional de Jugadoras de Pádel Profesional (en adelante, WIPPA), y la empresa que, hasta la publicación de la meritada Sentencia, se ocupaba de la organización del circuito profesional, Circuito de Pádel Profesional AJPP, S.L. (en adelante, WPT).

Fruto de estas “relaciones”, la WIPPA y el WPT habían llegado a un acuerdo para introducir, dentro del circuito profesional de Pádel, una serie de Torneos a disputar por las jugadoras profesionales, distribuidos a lo largo de toda la temporada. En este sentido, WPT impuso como condición que las mejores jugadoras del ránking firmaran contratos de exclusividad (y de dudosa legalidad) con WPT, para garantizar que éstas participarían solamente en las pruebas organizadas por el WPT, salvo autorización. Por otro lado, las jugadoras y la WIPPA se aseguraban la organización de un número mínimo de torneos, de tal suerte que en caso de que WPT incumpliera su obligación de organizar cualquiera de los torneos programados, se derivarían importantes consecuencias económicas a modo de penalizaciones.

En estos momentos, son muchas las jugadoras que han consultado a la WIPPA, qué es lo que va a suceder con los contratos que tienen firmados, y con el calendario de torneos de 2014, tras la publicación del fallo de la Sentencia objeto de este comentario. Y es que la posición de WPT es más que comprometida, toda vez que, a pesar de que la Sentencia no es firme:

- Cabe, por un lado, que WPT presente recurso de apelación contra la misma, lo que inmediatamente supondrá la posibilidad de instar por PPT la ejecución provisional sin necesidad de prestar caución alguna, de conformidad con los arts. 524, 525 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

- Cabe, por otro lado, que WPT presente recurso de apelación, sin que se inste la ejecución provisional por parte de PPT, y toda vez que el recurso estaría pendiente de resolución, seguir organizando como hasta ahora las pruebas del circuito profesional de pádel durante el año 2014. Ello conllevaría el riesgo de que, en caso de no obtener una Sentencia favorable en segunda instancia, el WPT debería indemnizar a PPT por daños y perjuicios (daño emergente y lucro cesante).

- Lógicamente, también cabe la posibilidad de que WPT presente recurso de apelación, siga organizando el circuito profesional y cumpliendo con el resto de sus obligaciones, y finalmente obtenga una Sentencia favorable en segunda instancia.

En este sentido, vemos como el anterior conflicto puede derivar en importantes consecuencias no solo para la WIPPA, sino también para las jugadoras profesionales que tienen contrato en vigor con WPT, ya que en caso de que WPT optara por no organizar los torneos comprometidos para 2014, estaría incumpliendo sus obligaciones contractuales para con la WIPPA y con las jugadoras; así, si decide no acatar el fallo de la Sentencia hasta que la misma no sea firme, y a mediados de 2014 obtiene una resolución desfavorable en segunda instancia, incurriría en importantes penalizaciones a abonar a la WIPPA por la cancelación de los torneos previstos, y en incumplimiento contractual con las jugadoras, motivo de resolución.

Aguardaremos expectantes hasta conocer cuál será el próximo paso de WPT, y sobre todo, hasta conocer cómo termina el conflicto, y los daños que el mismo pueda reportar para el mundo del Pádel.

FOTO: Perfil de flickr de Andrés Nieto Porras

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About Antonio Orús Sanclemente

Abogado. Máster en Derecho Concursal. Máster en Derecho Deportivo